jueves, 9 de abril de 2015

Una barrera a la internacionalización de la UN




“Parágrafo 3. Para participar en un concurso profesoral, los títulos exigidos obtenidos en el exterior deberán estar debidamente convalidados por el Ministerio de Educación Nacional.” (*)

Quizá la motivación para incluir el parrafito anterior en el Estatuto de Personal Académico de la Universidad Nacional de Colombia haya sido la de garantizar la calidad de la formación obtenida internacionalmente para sus nuevos profesores.

El procedimiento establecido por el Ministerio de Educación Nacional para la convalidación de títulos otorgados en el exterior exige el cumplimiento de varios requisitos, que desincentivarán la presentación a los concursos profesorales de la Universidad de candidatos con formación en el exterior.

Esos trámites de convalidación bien podrían realizarse una vez que el candidato ha sido aceptado en período de prueba (de dieciocho meses) y como un requisito para su aprobación e ingreso a la carrera profesoral universitaria.

Esta barrera para la presentación a sus concursos profesorales contribuye a hacer de la Universidad Nacional de Colombia una institución con vocación más local, e incluso, a favorecer malas prácticas como la endogamia académica.

Ello en una época en que el país necesita vincular personal con formación doctoral con calidad internacional para fortalecer sus sistemas de educación superior y de ciencia, tecnología e innovación; algo que las actuales capacidades de formación doctoral en el país no nos permiten suplir.



(*) Estatuto de Personal Académico de la Universidad Nacional de Colombia Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario; Capítulo II. Carrera Profesoral Universitaria; Artículo 8. Vinculación.

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